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Columnas de opinión

Deuda externa, fallo TC y peajes

12. 09. 2002

12 de septiembre de 2002

BCRP aclara: Posibilidad de mejorar perfil de la deuda es vía mecanismos de mercado

• El congresista Javier Diez Canseco, miembro de la comisión de Presupuesto del Congreso, reincidió el martes en la necesidad de una «renegociación de la deuda externa», pues refirió que el próximo año nuestro país se «endeudará el doble». «Se debe renegociar la deuda antes que nos reviente en la cara como a Argentina o Uruguay, no debemos llegar al punto de no poder pagar», precisó.
• Francisca Pin, jefa del departamento de Deuda Externa del BCRP, informó ayer en el Congreso que la duda externa, a junio de este año, alcanzó los US$19.8 miles de millones y que, por cada punto porcentual de depreciación del dólar con respecto a otras monedas, nuestra deuda aumenta en US$71 millones y US$4 millones por intereses. En relación a una posible reprogramación de la deuda, señaló que en el caso de los organismos internacionales eso no es factible, porque así lo establecen los estatutos de esas entidades, los cuales tampoco consideran condonaciones de deuda. En cuanto al Club de París, explicó que en 1996, durante la renegociación de la deuda, el Perú se comprometió a no regresar más a ese foro y se firmó un Acuerdo de Graduación. Pin aclaró que la única forma de reprogramación de deuda sería a través de mecanismos de mercado, tales como swaps, canjes o futuras inversiones, y sostuvo que para la deuda futura se debe buscar la diversificación y la contratación concesional de la misma. Finalmente, señaló que desde 1991, con la reinserción del Perú en la comunidad financiera internacional, se ha logrado reducir deuda por US$538 millones.
• Comentario IPE: El Perú enfrenta no sólo el riesgo cambiario, sino también el riesgo de tasa de interés (de mercado). Para reducir ambos riesgos el gobierno debería insistir en la estrategia propuesta por el ex ministro de economía Pedro Pablo Kuczynski de utilizar swaps de monedas y tasas. El problema sería, quizá, que aumentaría el servicio de la deuda en el corto plazo. ¿Acaso por las urgencias fiscales inmediatas se volverá a comprometer las perspectivas de mediano plazo?

Flujo de Créditos para el Perú 1996-20011/ (En Millones de Dólares EE.UU.)

1/ Considera los desembolsos y resta las amortizaciones y el pago de intereses
Fuente: Banco Central de Reserva del Perú e Instituto Peruano de Economía

Continúa gran controversia por el fallo del TC

• Diversas reacciones causó el fallo del Tribunal Constitucional (TC) emitido el martes, que ordena la reposición de alrededor de 800 trabajadores en Telefónica.
• La Dra. Delia Revoredo, magistrada del TC, descartó que el fallo implique el retorno a la estabilidad laboral absoluta y justificó la sentencia en que, a juicio del TC, el artículo 34° del D.L. N°728 resultaba ambiguo y los empresarios interpretaban que si se pagaba a un trabajador la indemnización correspondiente al despido arbitrario, no resultaba necesario señalar la causa del despido. Revoredo señaló que es probable que el TC emita una aclaración de la sentencia, por la conmoción que la misma ha generado. De otro lado, el magistrado Guillermo Rey Terry, afirmó que este fallo resulta exclusiva y excluyentemente para el caso en que se ha dictado. Agregó que hay más casos similares, aunque no idénticos, al de Telefónica, en proceso. Sin embargo, el magistrado Javier Alva Orlandini, opinó que este fallo sí crea precedente para casos similares, en aplicación del principio que hace a todas las personas iguales ante la ley. Alva Orlandidni afirmó también que se comprobó que Telefónica despidió trabajadores sin seguir ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPS) el procedimiento previsto por la ley.
• Telefónica aceptó el fallo emitido por el TC. El asesor legal de la empresa, Aníbal Quiroga, señaló que declarar inconstitucional el artículo 34° del D.L. N°728 afectará a todas las empresas del país, pues en adelante ninguna empresa podrá hacer uso del despido indemnizatorio.
• El ministro de Transportes y Comunicaciones, Javier Reátegui, opinó que cuando en un país hay señales de que un Tribunal Constitucional puede impedir el uso de un despido demostrado y no de un despido condicional, se genera desconfianza para las inversiones y se afecta la generación de nuevos puestos de trabajo.
• El presidente de CONFIEP, Julio Favre, opinó que el fallo emitido el martes por el TC ha malinterpretado el espíritu de la Ley de Trabajo y que «no ayuda en nada» al clima de inversiones. Asimismo, señaló que esta sentencia puede crear jurisprudencia negativa contraria a lo que se necesita para que el país tenga un régimen laboral que promueva la competitividad empresarial, por lo que espera alguna forma de rectificación sobre el tema.
• La Cámara de Comercio de Lima (CCL) señaló que, interpretando indebidamente el artículo 27 de la Constitución vigente, el TC sostiene que la protección adecuada contra el despido arbitrario debe ser la reposición (reincorporación), lo cual representa un acto cuestionable y un pésimo precedente para las inversiones y la generación de empleo. La CCL agrega que la medida «instituye» la estabilidad laboral absoluta y pone en grave riesgo la estabilidad económica del país.
• El abogado laboralista Pedro Morales Corrales consideró que la sentencia del TC significa el regreso a la estabilidad laboral absoluta contemplada en la Constitución de 1979, pues establece que la indemnización, prevista por ley como una forma de resarcimiento del despido arbitrario, sea aplicada a voluntad del trabajador. Según el jurista, el TC le habría otorgado al artículo 34° del D.L. N°728 (Ley de Productividad y Competitividad Laboral) un contenido que no es tal, al interpretar que el derecho al trabajo implicaría el derecho a no ser despedido sin una causa justa. Esto «constituye una creación heroica, por decir lo menos», afirmó.
• De otro lado, el especialista en derecho laboral, Luis Vinatea Recoba, comentó que este fallo podría ser invocado por cualquier otro trabajador en un proceso de amparo y es esto lo que podría provocar la preocupación de los empleadores e inversionistas. «El efecto [del fallo] puede traer una retracción», dijo. La diferencia con otros fallos anteriores en los que el TC ordena la reposición en el puesto de trabajo es que en esta última sentencia el tribunal se basa en la inconstitucionalidad del artículo 34° del D.L. N°728 y no en errores procesales, la violación de derechos fundamentales o la imposibilidad de ejercer el derecho a defensa, como se argumentó en anteriores ocasiones.
• El abogado laboralista Jorge Toyama señaló que a la luz del fallo del TC, el anteproyecto de la nueva Ley General del Trabajo resultaría inconstitucional, pues no contempla la reposición como regla a favor del trabajador. Agregó que la sentencia contradice también el acuerdo de consenso alcanzado para el nuevo proyecto de reforma constitucional.
• Coincidimos con la mayoría de especialistas consultados sobre el tema. La resolución del TC pervierte las relaciones laborales y hasta podría llegar a incidir en la estructura de las empresas, sin mencionar los efectos que tendrá esto en los mercados laboral y de bienes y servicios. Desafortunadamente, no existe posibilidad de rectificación y el pronunciamiento que podría hacer el TC se limitaría a aclarar los alcances del fallo, para lo cual tendrían antes que ponerse de acuerdo, pues al parecer los puntos de vista entre los mismos magistrados, sobre si la sentencia establece o no precedente, no son siquiera similares.

Ministerio de Transportes revisará peajes

• El ministro de Transportes y Comunicaciones, Javier Reátegui, reveló que los peajes de las carreteras se elevarían progresivamente a partir de diciembre hasta un 40%. El ministro recordó que la semana pasada el consorcio vial ganador de la concesión del tramo Ancón-Huacho-Pativilca pidió postergar la firma del contrato para permitir al gobierno elevar los peajes. Con ello se evitaría que se asocie el alza de las tarifas con el paso a manos privadas de la administración del tramo.
• El anuncio hecho por el ministro es positivo. Lo lamentable es que no se haya hecho antes y que se obligara al consorcio ganador a pedir la postergación de la firma. La imagen que se dio a los inversionistas es que ni siquiera en el tema de las concesiones, donde se supone que se pondría el énfasis, el gobierno está dispuesto a asumir los costos políticos asociados al tema.
• Sería bastante productivo que el gobierno realice estudios sobre en qué medida una buena carretera reduce los costos de transporte y cómo incide esta reducción en los costos de exportación. La publicación de los resultados de esta investigación sería de gran utilidad y ayudaría en el objetivo de alcanzar mejoras en la competitividad de las exportaciones de cara al ATPDEA y, en el mediano plazo, al ALCA.