Bien por el medio ambiente

17 de febrero del 2011
Derogan flexibilidad ambiental en obras (Perú21, 17/02/2011). SERNANP visará concesiones petroleras en áreas protegidas (El Comercio, 17/02/2011)
Es raro que en un sólo día recibamos dos noticias positivas respecto a la voluntad del gobierno de avanzar en cuanto al buen manejo ambiental. Hace pocos días comentamos (CD 03/02/2011) respecto a los riesgos que los Decretos de Urgencia 001 y 002 significaban para un óptimo manejo ambiental. Como indicamos entonces, hacer bien las evaluaciones del impacto ambiental (EIA) de proyectos de inversión y poder usarlas para realmente intentar remediar dichos efectos hasta donde es posible requiere que las regulaciones ambientales no sólo sean un formulismo en donde basta llenar con un aspa el cuadradito correspondiente. Es necesario que las regulaciones ambientales calen hondo y sean tomadas muy en serio, reconociéndose que si son bien aplicadas generan mucho valor para el país y no están en conflicto con las inversiones que realmente valen la pena. La buena regulación ambiental no es una barrera burocrática ni un obstáculo para el progreso. Por ello, felicitamos al gobierno por haber modificado la «flexibilidad» que dichos Decretos de Urgencia dieron en cuanto a los EIA de los proyectos priorizados.
También nos parece un acierto que el gobierno haya cerrado un agujero legal del cual se valía Perupetro para violar flagrantemente el espíritu de la normatividad que regula las áreas naturales protegidas. La nueva regulación (D.S. 03-2011- MINAM) aclara que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) debe dar opinión técnica favorable antes de que algún organismo otorgue autorización para cualquier «operación» en dichas áreas protegidas. La regulación antigua usaba el término «actividad» en lugar de «operación». Como también comentamos en su oportunidad y como lo indica la nota que citamos de El Comercio, Perupetro otorgaba concesiones de exploración petrolera en áreas naturales protegidas con el absurdo pretexto de que la exploración no era una «actividad», sino un «estudio» y por ello no requería autorización de SERNANP. Independiente de la leguleyada de Perupetro, el hecho es que resulta absurdo otorgar una concesión para explorar -concesión que incluye un acuerdo respecto a cómo se repartirían los recursos que se descubrieran- sin saber siquiera si se autorizará la explotación de cualquier recurso descubierto. El concesionario se sentiría, con toda razón, burlado si luego de ser autorizado a invertir en exploración se entera que no está autorizado a recuperar su inversión. Claramente la idea de Perupetro era usar una política de hechos consumados para, en la práctica, burlar las protecciones legales de las áreas naturales que el Estado escogió proteger.
MAPA: Lotes de exploracion en Areas Naturales Protegidas
Justamente el riesgo que suponían los decretos de urgencia antes mencionados era que estimulen una actitud semejante a la que señalamos en Perupetro. Si los en los proyectos priorizados el EIA se deja para el final, la realidad es que es posible que ya sea muy tarde entonces para remediar los problemas ambientales que se identifiquen.
Para quienes se preocupan por la posible ineficiencia de las instituciones encargadas de otorgar los permisos y autorizaciones necesarios para cumplir con la regulación ambiental, debemos señalar que la solución no es eliminar la necesidad de permisos sino fortalecer dichas instituciones en cuanto a recursos y personal y dotarlas de mandatos claros y objetivos bien definidos (CD 04/10/2010). Si algo hemos aprendido (pregúntenle a los ciudadanos de La Oroya) es que el cuidado del medio ambiente genera muchos más recursos de lo que cuesta.