Hablemos sobre el capítulo económico de la Carta Magna
Red de Comunicación Regional – RCR
El actual capítulo económico de la Carta Magna ha permitido que en el país no se vuelvan a repetir períodos de hiperinflación, priorizar los recursos del Estado para cerrar brechas sociales y atraer inversiones que generen mejores empleos.
Por ejemplo, el artículo 84 de la Constitución prohíbe que el Banco Central de Reserva financie los gastos del Gobierno. De esta manera, obtiene mayor independencia para así enfocarse en mantener una inflación baja y estable. En los últimos 28 años, la tasa del Perú ha sido una de las más bajas de la región.
Por otro lado, el artículo 60 limita la actividad empresarial del Estado, evitando que gestione empresas con objetivos políticos y generando pérdidas millonarias, cuyo pago es asumido por todos los peruanos.
Entre 1985 y 1989, las pérdidas estatales alcanzaron los US$1,700 millones, equivalente a casi un 2% del PBI anual. A diferencia de una empresa privada que quiebra cuando tiene malos resultados, una empresa pública puede ser salvada por los recursos que pertenecen a todos los peruanos.
En este episodio de “Hablemos de economía”, Fernando Gonzales, economista senior del IPE, comenta mayores detalles.
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